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¿Cuánto se cobra por accidente laboral o de trabajo?

Abogados Especialistas en Accidentes de trabajo. Cuanto se cobra por accidente laboral

Como es evidente a nadie le gusta sufrir un accidente en el trabajo, pero en caso de que le suceda, dependiendo de la gravedad del mismo, incluso accidentes laborales que acaban con el fallecimiento del trabajador, empiezan a surgir las dudas, sobre todo cuando después del incidente no puede trabajar y pasa a estar de baja laboral.

En estos casos, empiezan las dudas como por ejemplo:

¿Es un accidente laboral o contingencia profesional o común?

Antes que nada, dejar claro que un accidente de trabajo es una contingencia profesional, y son las que ocasionan o de aquí provienen las incapacidades temporales o bajas laborales.

Por otro lado, tendríamos las contingencias comunes, estas serían cualquier tipo de enfermedad o accidente que no esté relacionado con el trabajo que desempeñan o simplemente por una enfermedad común.

¿Cuánto se cobra por la baja laboral o incapacidad temporal?

Con el paso del tiempo se han ido haciendo cambios en cuanto a la cuantía que se cobra cuando un trabajador sufre una baja laboral, pero es importante destacar antes que nada que no hay tiempo mínimo de cotización para poder acceder a la prestación que le corresponda por el accidente que haya sufrido en el trabajo.

Otro detalle a tener en cuenta es que el trabajador cobra desde el primer día en el que esté de baja.

En cuanto a la cantidad a percibir como mencionamos anteriormente el trabajador que se encuentre en una situación de incapacidad temporal dependerá del convenio al que se refiera su contrato, y cobrará el 75% de la base de cotización del mes anterior al que sufra su accidente.

Ante la situación planteada seguramente generará una duda:

Si soy nuevo en la empresa y no llevo ni un mes, ¿Cuánto voy a cobrar?

En este caso, el trabajador no tiene porque preocuparse, ya que, para el cálculo de lo que tiene que cobrar se obtiene de la base reguladora del mismo mes en el que haya empezado a trabajar, y sería igualmente el 75%.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Ya mencionamos que la cuantía a cobrar varía en función del convenio colectivo, y es que, en algunos casos estos han mejorado las condiciones si un trabajador sufre algún tipo de accidente en el puesto de trabajo, llegando algunos a indemnizar con el 100% del salario que le corresponda según su base reguladora.

Abogados Expertos en Accidentes de Trabajo

EN NINGUNO DE LOS CASOS LOS TRABAJADORES COBRARÁN MENOS DEL 75% DE SU BASE DE COTIZACIÓN.

¿Quién realiza los pagos de baja laboral por un accidente de trabajo?

A la hora de realizar los pagos por un accidente de trabajo la institución que se hará cargo es la MUTUA o la Seguridad Social. Aunque suelen haber un matiz importante y es que es la propia empresa la que se encarga de pagar, pero luego la Mutua “devuelve” el dinero correspondiente por parte de la entidad gestora de la incapacidad temporal.

¿Qué problemas se pueden presentar ante un accidente de trabajo y su correspondiente baja?

Aunque nos guste poco, suelen surgir problemas que afectan directamente al trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo, como pueden ser:

En cualquier caso, ya sea los que acabamos de mencionar o si le ha sucedido algún otro, siempre recomendamos que acuda a un abogado especialistas en derecho laboral, para hacer respetar sus derechos como trabajador, y ocuparse de los correspondientes procedimientos como presentar los recursos, alegaciones o reclamaciones que sean necesarias, para velar por sus intereses.

ES IMPORTANTE QUE SEPA QUE EN CASO DE QUE, EL ACCIDENTE DE TRABAJADO QUE HA SUFRIDO ES PRODUCTO DE UNA NEGLIGENCIA POR PARTE DE LA EMPRESA, NUNCA SE DEBE DESCARTAR LA IDEA DE DENUNCIAR EL HECHO YA QUE ES PROBABLE QUE PUEDA CONSEGUIR ADEMÁS DE SU PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORAL UNA INDEMNIZACIÓN.

Abogados Especialistas en Accidentes Laborales

Si tiene alguna duda, contacte con nosotros, somos Abogados Especialistas en Accidentes Laborales, y estaremos encantados de resolver cualquier cuestión que tenga al respecto.

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